Subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social.

16 Dic

Subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social.

Plazo de Solicitud: 26 noviembre 2021 al 26 mayo 2022

 Líneas de Ayuda

  1. a)  Línea  1:  Subvenciones  dirigidas  a  las  personas  trabajadoras  por  cuenta  propia  o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas.
  2. b)  Línea  2:  Subvenciones  dirigidas  a  las  sociedades  cooperativas  andaluzas  y sociedades laborales de Andalucía.

Beneficiarios

  1. a)  Línea  1:

– Autónomos.

– Autónomos Agrarios.

– Mutualistas.

– Comuneros.

– Socios de Sociedades Civiles.

 EXCLUIDOS Autónomos Societarios, excepto Comuneros y Socios de Sociedades Civiles.

 

  1. b)  Línea  2:

– Sociedades Cooperativas Andaluzas.

– Sociedades Laborales de Andalucía.

 

Cuantía de las subvenciones

Intensidad hasta 100% y hasta 6.000 euros. IVA excluido.

Coste mínimo de 1.000 euros.

En caso de ser inferior al 100% el beneficiario deberá acreditar financiación propia.

 

Proyectos de Inversión

  1. Modalidad A:Implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial.

Gastos subvencionables

Adquisición de equipos informáticos

Adquisición  de  software  de  gestión  empresarial

Adquisición de aplicaciones para el desarrollo

Costes de consultoría

Costes de contratación de servicios “en la nube”

Adquisición de tecnología de la robotización

 

  1. b) Modalidad B:Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa.

Gastos subvencionables

Campañas de marketing digital

Consultoría de  estrategias digitales

Consultoría aspectos legales de la página web

Consultoría relativos a la formación del personal

Gastos profesionales páginas web

Costes de contratación de plataformas CMS

 

Régimen de concesión

Concurrencia no competitiva, por orden de la fecha de la presentación de la solicitud.

 

Documentación acreditativa obligatoria:

–          La solicitud debe incluir una memoria técnica del proyecto.

  • Los presupuestos o facturas proforma correspondientes a los gastos previstos.
  • Certificado de la mutualidad correspondiente, en su caso.
  • TA521 de alta, baja y variación de datos en el RETA, para demostrar que la persona trabajadora autónoma no tiene la condición de persona autónoma societaria.
  • En el caso de Sociedades LaboralesCertificado del registro mercantil.
  • La acreditación de la condición de pyme se realizará mediante:
    • Personas autónomas y autónomas agrarias: Certificado resumen de la declaración anual del IRPF o copia de la declaración del IRPF presentada de los dos ejercicios anteriores.
    • Sociedades Laborales AndaluzasBalance General Anual o Cuenta de Pérdidas y Ganancias depositadas en el Registro Mercantil, o bien declaración del Impuesto de Sociedades, en ambos casos correspondiente a los dos ejercicios anteriores.
    • Personas autónomas, autónomas agrarias, mutualistas y sociedades cooperativas y sociedades laborales: Certificado de la Seguridad Social donde se indique el número anual medio de personas trabajadoras empleados en todos los códigos de cuenta de cotización durante los dos últimos años anteriores al de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes. Si la empresa no cuenta con personas trabajadoras, se presentará un certificado de la Seguridad Social de no existencia de personas trabajadoras.
    • En el caso de las sociedades cooperativas y laborales andaluzas, la acreditación de situación registral, vigencia, balance anual o cuenta de pérdidas y ganancias se realizará mediante consulta en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas y Sociedades Laborales de Andalucía, por lo que no será necesaria la aportación de dicha documentación.

 

  • La acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria se efectuará mediante declaración responsable, conforme al modelo incluido en el formulario de solicitud.

 

BASES DE LA CONVOCATORIA

  • Orden de 15 de octubre de 2021. BOJA Número 202 – Miércoles, 20 de octubre de 2021. página 53. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo URL: https://juntadeandalucia.es/boja/2021/202/3
  • Resolución de 18 de noviembre de 2021. BOJA Número 227 – Jueves, 25 de noviembre de 2021. Página 18721/1. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. URL: https://juntadeandalucia.es/boja/2021/227/1
  • Extracto de la Resolución de 18 de noviembre de 2021. BOJA Número 227 – Jueves, 25 de noviembre de 2021. Página 18722/1. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. URLhttps://juntadeandalucia.es/boja/2021/227/2

 

Tramitación

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24657/datos-basicos.html

 

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