Ayudas para los autónomos desde el 1 de febrero de 2021: requisitos y plazos para solicitarlas
Los autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades por la pandemia tendrán derecho a una prestación económica de naturaleza extraordinaria.
La crisis sanitaria que está generando en España la propagación de la covid-19 es de tal virulencia que ha obligado a las autoridades competentes a nuevas medidas; no solo se mantienen las ya adoptadas, sino que también llegan nuevas restricciones que vienen teniendo ya un especial impacto en los ámbitos de la hostelería, la restauración y el ocio. Dado que la mayor parte de los empresarios de dichos sectores son autónomos, su situación se ha visto seriamente afectada.
El Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, estableció medidas excepcionales de protección en favor de los trabajadores autónomos, regulando prestaciones de cese de actividad para quienes se vieron obligados a suspenderla por completo o vieron afectados sus negocios por una reducción considerable en la facturación; se trataba de un poco de oxígeno para una contingencia que no solo ponía en riesgo no solo la permanencia de su actividad, sino también la estabilidad económica de sus familias. Estas medidas se configuraron en su mayoría para seguir vigentes hasta el 31 de enero de 2021; sin embargo, la gravedad de la incidencia que la pandemia está teniendo en todos los ámbitos de nuestra sociedad ha puesto de manifiesto la necesidad de ampliar y prorrogar las medidas de protección de estos trabajadores.
n el Boletín Oficial de Estado (BOE) se ha publicado el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, que prorroga hasta el 31 de mayo los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y la prestación por cese de los autónomos, que entró en vigor el 27 de enero. Estas medidas tienen como objeto efectuar los ajustes necesarios para mantener las medidas de apoyo que se habían establecido en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, y que se siguen considerando imprescindibles de cara a la recuperación del tejido productivo.
Ambas medidas tendrán un coste cercano a los 7.000 millones de euros, de los que 5.000 millones corresponden a la extensión de los ERTE y unos 2.000 millones a la prórroga de la prestación de autónomos.
La protección a este colectivo se seguirá articulando en torno a cuatro ayudas: la prestación por suspensión de actividad, la prestación compatible con la actividad cuando haya caída de ingresos, prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores y prestación para autónomos de temporada. Lo más destacado de esta nueva extensión de las ayudas es que la prestación compatible con la actividad podrá ser solicitada por aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (antes era el 75%) frente al segundo semestre de 2019.
Las modificaciones afectan a tres aspectos: la prestación extraordinaria por cese de actividad, la prestación extraordinaria para trabajadores autónomos de temporada y la ampliación de la prestación ordinaria de cese de actividad, compatible con el trabajo por cuenta propia, en favor de los trabajadores autónomos que no hubiesen accedido a ella con arreglo al Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio; ahí se abordan medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo, así como de competitividad del sector industrial, incluyendo el mantenimiento del acceso a la prestación de cese de actividad de aquellos trabajadores que, por tener carencia, la vienen percibiendo hasta el 31 de enero de 2021.
Además, los artistas de espectáculos públicos podrán seguir percibiendo las prestaciones por desempleo en los términos vigentes, y las entidades de la Economía Social podrán mantener sus reuniones por vía telemática y votar por escrito durante el año 2021, aunque esta posibilidad no constase en sus estatutos.
Por otra parte, la norma flexibiliza el requisito de no haber trabajado o no haber recibido atención educativa o formativa el día natural anterior para que los jóvenes o menores extranjeros no acompañados puedan adscribirse al Sistema Nacional de Garantía Juvenil si han estado afectadas por un ERTE.
Aqui os dejamos un Cuadro Resumen con las Nuevas Prestaciones Cata RDL 2/2021 que nos ha facilitado la Mutua Universal, para que podáis verlo con más claridad: